El Comité de Honor y Justicia tiene por objeto conocer y resolver los asuntos que les atribuyen los Estatutos, Reglamentos y Acuerdos así como contribuir, en la esfera de su competencia, al estricto cumplimiento y apego de dichos ordenamientos.
Las resoluciones del Comité de Honor y Justicia, se apegarán a los principios de certeza, legalidad, objetividad, imparcialidad y profesionalismo.
El Comité de Honor y Justicia estará integrada por: un Presidente, un Secretario Primero y un Secretario Segundo.
Dicho Comité contará con dos Secretarios suplentes, los cuales entrarán en funciones cuando sean convocados por el Presidente del Comité, por ausencia justificada de uno de los miembros de ésta, según sea el caso.
Los integrantes titulares comunicarán por escrito al Presidente del Comité, los motivos de ausencia.
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